04 Apr 24
Guía rápida sobre el certificado energético
¿Qué es?
El certificado de eficiencia energética o certificado energético es un documento de carácter oficial que incluye información objetiva sobre las características energéticas de un inmueble o parte de este (local, oficina, etc.).
¿Quién está obligado a tener el certificado energético?
El promotor o propietario del edificio o de parte del mismo es el responsable de obtener la certificación de eficiencia energética del edificio. También será responsable de conservar la correspondiente documentación.
¿Quién emite el certificado energético?
El certificado es un documento que debe ser emitido por un técnico superior (arquitecto o ingeniero) en el que se califica el gasto energético de la vivienda. En él se indica, siguiendo un código de letras, una puntuación en letras que va desde la A, máxima eficiencia energética, a la G, la menos eficiente.
¿Durante cuántos años es válido el certificado?
Un certificado energético tiene una validez de 10 años. Es responsabilidad del propietario del inmueble proceder a su renovación cuando sea pertinente. En caso de que se realicen reformas importantes en el inmueble, el propietario puede actualizarlo de forma voluntaria.
¿Cuánto cuesta?
La variedad de precios oscila en función del mercado, de la comunidad autónoma o de quién lo emita pero se estima que la media nacional se sitúa en torno a los 200 y los 250 euros.
¿Desde cuándo está vigente la normativa?
Tal y como recoge el Real Decreto 235/2013, desde el pasado de 1 de junio de 2013 es necesario el certificado energético para alquilar o vender cualquier piso o local.
¿Pueden multarme si no tengo el certificado energético?
Sí. Incumplir la normativa vigente sobre el certificado de eficiencia energética acarrea sanciones. Las multas se aplican siguiendo este criterio:
- Infracciones leves: 300-600 €
- Infracciones graves: 601-1000 €
- Infracciones muy graves: 1001-6000€
¿Qué edificios están exentos del certificado energético?
- Edificios y monumentos protegidos oficialmente por ser parte de un entorno declarado o en razón de su particular valor arquitectónico o histórico.
- Edificios o partes de edificios utilizados exclusivamente como lugares de culto y para actividades religiosas.
- Construcciones provisionales con un plazo previsto de utilización igual o inferior a dos años.
- Edificios industriales, de la defensa y agrícolas o partes de los mismos, en la parte destinada a talleres, procesos industriales, de la defensa y agrícolas no residenciales.
- Edificios o partes de edificios aislados con una superficie útil total inferior a 50 m2.
- Edificios que se compren para reformas importantes o demolición.
- Edificios o partes de edificios existentes de viviendas, cuyo uso sea inferior a cuatro meses al año, o bien durante un tiempo limitado al año y con un consumo previsto de energía inferior al 25 por ciento de lo que resultaría de su utilización durante todo el año, siempre que así conste mediante declaración responsable del propietario de la vivienda.
¿Cómo es la etiqueta oficial de eficiencia energética?
La obtención del certificado de eficiencia energética otorga el derecho de utilización de la etiqueta de eficiencia energética. La etiqueta se incluirá en toda oferta, promoción y publicidad dirigida a la venta o arrendamiento del edificio o unidad del edificio.
El modelo oficial de etiqueta que exige el Ministerio de Industria, Energía y Turismo de España es el siguiente:
- Reborde de la etiqueta
- Esquina de la etiqueta
- Borde inferior de la etiqueta
- Cabecera de la etiqueta
- Título de la etiqueta
- Código BIDI
- Datos del edificio:
- Escala de la calificación energética
- Escala de A (más eficiente) a G (menos eficiente):
- Calificación energética:
- Registro
- Pie de etiqueta
- Logotipo de la Unión Europea